En cada municipalidad existe un Concejo de carácter normativo, resolutivo y fiscalizador, encargado de hacer efectiva la participación de la comunidad local y de ejercer las atribuciones que señala la Ley Nº 18.695 y posteriores modificaciones. Los Concejales son elegidos por votación directa de la ciudadanía de la comuna, mediante un sistema de representación proporcional conocido también como cifra repartidora y durarán cuatro años en dichos cargos pudiendo ser reelegidos.